Ley N° 19.995 (Chile)
Estatuto chileno de los casinos de juego. Su art. 5 dispone que en ningún caso el permiso de operación comprenderá juegos de azar en línea, y esa es la razón por la que no existe una licencia chilena de juego online.
Datos esenciales
| Categoría | Reguladores de mercados emergentes |
|---|---|
| Fuente | https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=234426 |
Definición
La Ley N° 19.995 establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de los casinos de juego en Chile, y la administra la Superintendencia de Casinos de Juego. El art. 1 fija ese ámbito y el art. 3 define los juegos de azar como aquellos cuyo resultado depende esencialmente del azar. El art. 5 es el que resuelve la cuestión del juego online: los juegos autorizados solo pueden autorizarse y desarrollarse en los casinos comprendidos en el respectivo permiso de operación, deben ser explotados directamente por el titular, con prohibición de toda transferencia, arrendamiento o cesión, y “en ningún caso el permiso de operación comprenderá juegos de azar en línea”.
Consecuencia práctica
El art. 17 reserva los permisos a sociedades anónimas cerradas constituidas en Chile cuyo objeto social sea la explotación de un casino de juego, y la ley limita los permisos de operación a 24. El resultado es que la única licencia de juego chilena está contingentada, es personalísima, está confinada a un establecimiento físico y expresamente no es una vía para operar en línea, que es la razón por la que las páginas que explican cómo obtener una licencia chilena de juego online suelen estar describiendo este permiso por error.
Preguntas frecuentes
- ¿Existe una licencia chilena de juego online?
- No. El art. 5 de la Ley N° 19.995 dispone que en ningún caso el permiso de operación comprenderá juegos de azar en línea. El único título chileno es el permiso de operación de casino, limitado a 24, personalísimo y confinado a un establecimiento físico.