Dirección General de Juegos y Sorteos (SEGOB)

Autoridad mexicana de permisos de juego dentro de la Secretaría de Gobernación: los permisos se otorgan solo a sociedades mexicanas, uno por establecimiento y de uno a quince años, y la apuesta por internet existe como extensión del permiso.

Datos esenciales

CategoríaReguladores de mercados emergentes
Fuentehttp://www.juegosysorteos.gob.mx/

Definición

La Dirección General de Juegos y Sorteos de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) autoriza, controla y vigila los juegos con apuestas y sorteos al amparo de la Ley Federal de Juegos y Sorteos (1947) y su Reglamento (2004, reformado por última vez el 16 de noviembre de 2023). Los permisos para centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números se otorgan únicamente a sociedades mercantiles mexicanas, uno por establecimiento y por un plazo de uno a quince años; son intransferibles y, desde noviembre de 2023, no pueden ser explotados por un operador tercero. La apuesta por internet existe solo como extensión del permiso de un establecimiento, a través de un sistema de control aprobado por la SEGOB (arts. 85-86).

Cargas y estado del registro

Las cuotas son aprovechamientos autorizados cada año por la SHCP; el IEPS federal sobre las apuestas menos los premios es del 50% desde el 1 de enero de 2026. Los permisos nuevos se conceden rara vez: en julio de 2026 la DGJS suspendió diez dominios en línea mientras actualizaba su registro, que enumeraba 136 sitios de apuestas autorizados, de los que alrededor de dos tercios estaban activos.

Preguntas frecuentes

¿Puede una sociedad extranjera obtener un permiso de la DGJS?
No. Los permisos para centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números se otorgan únicamente a sociedades mercantiles mexicanas, uno por establecimiento, son intransferibles y desde noviembre de 2023 no pueden ser explotados por un operador tercero.